Pleno del Ayuntamiento.
El Pleno es el órgano de máxima representación política de la ciudadanía en el gobierno de Meliana. Está integrado por la totalidad de los concejales y está presidido por el alcalde, quien establece las lineas de actuación municipal y ressuelve las cuestiones más importantes, con funciones de tipo constitutivo, planificador, reglamentario y fiscalizador de la función ejecutiva. Meliana es una población de mas de 10.000 habitantes y, por tanto, de acuerdo con lo que establece el art. 179 de la Ley 5/1985, de 19 de junio, Orgánica del Régimen Electoral General, la corporación está integrada por 17 miembros concejales .
Al Pleno le corresponden las funciones atribuidad por la ley, de entre las que se encuentran:
- impulsar y controlar el funcionamiento de los demás órganos de gobierno.
- Relacionar, delegar i/o transferir competencias o funciones a administraciones diferentes de la municipal.
- Decidir sobre los derechos característicos y definidores del municipio, como es el término municipal, el escudo, el sello y la bandera.
- Aprobar y modificar el reglamento orgánico y las ordenanzas.
- Aprobar los planes y programas generales de actuación municipal.
- Aprobar planes y normativas urbanísticas.
- Aprobar los presupuestos y cuentas de la corporación municipal y las contrataciones administrativas de mayor cuantía.
La actual corporación municipal se constituyó el 11 de junio de 2011.
El Pleno se reune de manera ordinaria el último jueves cada dos meses a las 20.30 h en el salón de actos del Ayuntamiento. A estas sesiones se puede asistir como público.
Las convocatorias se anuncian en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en el Tablón de Anuncios de la página web y mediante bandos.


